El decano de Barcelona, Ángel Quemada, comparece en la Comisión de Justicia del Congreso

El compareciente centró su intervención en explicar qué pueden hacer los procuradores para mejorar la Justicia, y aportar su experiencia para proponer medidas de fácil implementación. En relación con los medios adecuados de solución de controversias (MASC), aseguró que sería positivo permitir la intervención del procurador si la parte lo solicita. También consideró, al igual que otros expertos comparecientes en esa misma sesión, que la configuración de los MASC como requisito de procedibilidad puede acabar frustrando el objetivo final de alcanzar un acuerdo que evite el procedimiento judicial, “devaluando el valor del propio acto negociado, convirtiéndolo en un mero trámite y demorando la resolución del conflicto, produciéndose así justo el efecto contrario pretendido”. 

En nombre de la Procura catalana, Ángel Quemada aprovechó la ocasión para explicar por qué sería conveniente permitir a los procuradores el acceso al punto neutro judicial, ya que evitaría las demoras y cuellos de botella que se producen con un procedimiento actual que consume recursos de la oficina judicial “de forma inútil e ineficaz, dilatando innecesariamente el avance del proceso   perjudicando su buen resultado”. La medida propuesta supone acceder a los datos de las partes del procedimiento “que actualmente se acaban  obteniendo exactamente igual, pero tras un periplo largo y de todo punto ineficaz”. La medida, recordó, se ejecutaría por delegación y bajo la  dirección del letrado de la Administración de Justicia, “nunca en sustitución, siempre con su autorización y control, y con todas las garantías tecnológicas y de seguridad que actualmente ya cumplimos los procuradores”.

En la misma línea, sugirió una segunda medida de agilización: que el letrado de la Administración de Justicia, en el decreto de medidas concretas de ejecución –artículo 551–, habilite al procurador de la parte ejecutante para realizar actos concretos y materiales por delegación y bajo su supervisión y control. “Nuestra propuesta –explicó Ángel Quemada– es que se modifique la LEC para que el letrado de la Administración de Justicia pueda dictar un catálogo de medidas concretas de embargo, al objeto de que se vayan haciendo efectivas sucesivamente, sin necesidad de ser reiteradas”.

En cuanto al procedimiento monitorio, que según dijo representa el 50 % del volumen de procedimientos ingresados en los juzgados civiles, sin contar los procedimientos de familia y cuyo crecimiento ha sido exponencial, pidió que se reforme “a fin de que, aprovechando la capacidad de los procuradores para realizar actos de comunicación en todo el territorio nacional, y como colaboradores y cooperadores de la Administración de Justicia que somos, se nos permita realizar el requerimiento de pago sucesivamente en todos los domicilios posibles que consten en el punto neutro judicial, para que en el momento en que se encuentre un domicilio donde ha sido positivo pueda continuar el procedimiento por inhibición del primer tribunal”.

Ángel Quemada insistió en que todas estas propuestas “son sencillas, fáciles de implementar, y con ello se lograría un avance significativo en la eficiencia procesal al incidir en trámites que se repiten muy frecuentemente y que ahora consumen unos recursos inestimables de la oficina judicial”. Y que además no generan “ningún conflicto de competencias”, puesto que la Procura defiende intensificar su cooperación en un proceso judicial que esté siempre dirigido por los letrados de la Administración de Justicia y bajo el control de los jueces.

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